DERECHO CIVIL

DERECHO DE FAMÍLIA

Una de las actividades profesionales a que se dedica Viola Abogados es la reclamación de deudas que tengan su origen en facturas impagadas, cheques, pagarés o cualquier otro título de crédito. Nuestro objetivo es asesorar y, si es necesario, tramitar los procedimientos judiciales o extrajudiciales, para lograr el cobro de la deuda con independencia de si el deudor es una persona física o una persona jurídica.

En un sistema de vida como el actual en el que la protección de la propia persona y su imagen por una parte, y la protección y vigilancia de las relaciones económicas por otro son vitales, hay una figura jurídica que es la incapacitación legal que cada vez adquiere más relevancia.

A través del procedimiento de incapacitación se protege a aquella persona física que, por causas de carácter físico o psíquico, no puede regir ni su persona ni sus bienes o patrimonio, y por este motivo, se le nombra un tutor que velará por los sus intereses. Este tutor está sometido al control judicial.

Todos vivimos rodeados de otras personas y por lo tanto, nuestros derechos están limitados por los derechos de los demás, y una de las relaciones jurídicas donde con más claridad se da esta circunstancia es en el régimen de propiedad horizontal que regula las relaciones de vecindad.

Estas relaciones de vecindad establecen un límite al derecho de propiedad. No obstante, cada uno de los propietarios puede hacer lo que quiera dentro de su propiedad, (siempre dentro de la ley) teniendo en cuenta sin embargo, que no puede estorbar ni molestar a los vecinos.

En muchas ocasiones, porque hay testamentos u otras disposiciones sucesorias jurídicamente complicadas, o precisamente porque no hay ninguna disposición, los trámites sucesorios son complicados: en ocasiones la persona designada heredero o heredera debe reclamar los bienes que forman parte de la herencia a terceras personas; en otros casos son el legatario o el usufructuario los que deben reclamar al heredero o heredera. O cuando entran en juego las acciones de preterición, de desheredación, las reclamaciones legítimas, las nulidades testamentarias, etc.

Y en muchas ocasiones la tramitación normal de una herencia, sin que haya discusión o controversia, es una tarea que reclama la intervención de un profesional: declaraciones de herederos, aceptación y adjudicación notarial, liquidación del impuestos, trámites registral, etc.

Uno de los aspectos del derecho en que Viola Abogados es especialista es en derecho civil catalán, que es aquella rama del derecho que regula las relaciones jurídicas en el territorio de Cataluña.

En Cataluña rige un código civil diferente al que está vigente en el resto de territorio español, y regula un ámbito muy extenso entre los que se encuentran el derecho de la persona y la familia (la capacidad civil, los tratamientos médicos, la autonomía de la persona en el ámbito de la salud, la tutela de los menores y los incapacitados, el matrimonio y los regímenes económicos de esta institución, los efectos de la disolución matrimonial, las parejas de hecho, la adopción, etc.).

También regula todo el derecho de sucesiones (testamentos y sus disposiciones como la legítima, la cuarta vidual o repudiación de la herencia), el derecho de propiedad y sus sistemas de protección, el régimen de propiedad horizontal y algunos de los derechos reales.

En Viola Abogados tenemos mucha experiencia en todas las cuestiones relacionadas con los divorcios. El divorcio es la disolución legal de un matrimonio, y se produce cuando lo solicita al menos uno de los dos cónyuges. Con el divorcio, a diferencia de con la separación, ambos cónyuges pueden volver a contraer matrimonio.

Y es que el divorcio tiene una serie de efectos colaterales como los siguientes:

  • ¿En qué régimen económico se contrajo el matrimonio? En Cataluña se aplica por defecto el régimen de separación de bienes, en la que cada cónyuge es único propietario de sus bienes, tanto del que tenía antes como los que obtiene durante el matrimonio, y puede administrar su patrimonio con total libertad e independencia.
  • ¿Qué pasa con la custodia de los hijos cuando se produce un divorcio?
  • El domicilio familiar a quien se adjudica? Y las deudas solidarios de los cónyuges?

El divorcio se puede tramitar por la vía del pacto (entonces se llama divorcio de común acuerdo) como por la vía judicial (entonces recibe el nombre de contencioso). El divorcio de común acuerdo no exige la celebración de juicio, solo la ratificación en presencia judicial. En cambio, el procedimiento ordinario exige la celebración del juicio ya que la demanda se presenta por uno de los cónyuges y será el juez quien sentencie las medidas que regulen los efectos del divorcio.

La ley determina que en caso de divorcio o ruptura de la convivencia no cambian las responsabilidades que los padres tienen sobre sus hijos, por eso los progenitores deben otorgar un plan de parentalidad en el que constará como llevarán a cabo sus responsabilidades con sus hijos. El juez aprobará este plan, pero si existe desacuerdo entre ambas partes será el juez quien determinará la forma de ejercer la guardia, incluso pudiendo dictaminar que esta guardia sea ejercida de forma individual por uno de los progenitores, si esta opción es la mejor para los hijos.

 

Existen una serie de criterios que se deben tener en cuenta a la hora de fijar el régimen de custodia de los hijos, como pueden ser:

  • La vinculación afectiva entre los hijos y los progenitores.
  • Las aptitudes de los progenitores para garantizar el bienestar de los hijos.
  • El tiempo que cada progenitor ha dedicado al cuidado y atención de los menores.
  • La opinión de los hijos.
  • Los acuerdos fijados en previsión de ruptura.
  • La situación horaria y laboral de los domicilios de los progenitores.

Son los trámites para dar efectividad a determinados derechos recogidos en el código civil, el código de comercio y en la legislación especial de derecho privado.

Así, en materia de derecho civil hay, por ejemplo: el reconocimiento de la filiación no matrimonial, la adopción, la tutela y la curatela, la extracción de órganos de donantes vivos, la declaración de ausencia y muerte, el derecho al honor, la aceptación y repudiación de la herencia, etc. Y en el ámbito del derecho mercantil: la convocatoria de juntas generales, el nombramiento y revocación de liquidador o auditor de una entidad; la convocatoria de la asamblea general de obligacionistas, etc.

 

DERECHO PENAL

A Viola Abogados tratamos todas aquellas cuestiones relacionadas con el derecho penal, y efectuamos tanto la defensa como la acusación particular en cualquier asunto que se nos plantee.

La acusación particular dirigida a obtener la condena de quien, contraviniendo el derecho penal, ha lesionado el derecho de un tercero que puede dar lugar a un resarcimiento por esta lesión.

La defensa, como su nombre indica, implica ejercer el derecho fundamental de tener asistencia jurídica cuando una persona tiene la condición procesal de investigado en un procedimiento judicial penal.